miércoles, 23 de febrero de 2011

EL IBEX 35

El índice IBEX 35 (Iberia Index) es el principal índice de referencia de la bolsa española elaborado por Bolsas y Mercados Españoles (BME). Está formado por las 35 empresas con más liquidez que cotizan en el Sistema Interconexión Bursátil Electrónico (SIBE) en las cuatro Bolsas Españolas (Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia). Es un índice ponderado por capitalización bursátil; es decir, al contrario que índices como el Dow Jones, no todas las empresas que lo forman tienen el mismo peso.


HISTORIA DEL IBEX 35

El Ibex 35 se inaguró en 1992, pero tuvo algunos antecedentes en el año 1989.

Este índice bursatil ha tenido, a lo largo de su historia, numerosas subidas y bajadas como es normal en la bolsa.

La mayor caída conocida desde su creación es la de octubre de 2008 llegando a perder hasta 8997.70 puntos. Esta situación configura la mayor caída de la bolsa española en general desde 1987.

También cabe destacar que la mayor subida histórica del Ibex 35 se produjo en mayo del 2010 en la que llegó a los 10351.90 puntos. Este aumento de puntos se produjo gracias a la aprobación, por parte del gobierno, del plan de rescate europeo.

Por otra parte, la entrada o salida de valores del índice corresponde a un grupo de personas conocidos como "Comité Asesor Técnico". Todos ellos se reúnen dos veces al año para la toma de decisiones sobre estos asuntos, aunque pueden establecerse reuniones extraordinarias, si así lo precisan.

Invertir en el Ibex 35 conlleva un gran riesgo ya que es un mercado que debemos conocer muy bien debido a que es un mercado muy complejo.

Al invertir en el Ibex 35 a corto plazo estaremos exponiendonos a ganar un buen benificio pero corriendo un gran riesgo.

jueves, 17 de febrero de 2011

Planes de pensiones

Un plan de pensión es una modalidad de ahorro cuyo objetivo es complementar la pensión que se recibe en el momento de la jubilacion, no siendo sustitutiva de esta última y que permite, pasado un tiempo, recuperar el valor de lo invertido más los rendimientos que haya generado en ese período.

¿Cómo podemos acceder a ello?

Quien se encarga de gestionar el dinero se denomina entidad gestora. Dicha entidad es la responsable y la encargada de controlar las cantidades invertidas en el plan, así como de informar a los partícipes de cómo evoluciona el valor del fondo. Una entidad gestora debidamente constituida debe estar inscrita en la Dirección General de Seguros (DGS) y debe tener la autorización de la Administración para poder operar. Existen mecanismos de supervisión para garantizar la eficacia de la gestión. El más corriente es la constitución de una comisión de control, que está formada por los propios partícipes del fondo.

La gestión de estas participaciones acarrea una serie de gastos en forma de comisiones que suelen ser:
  • Comisión de gestión, que es la que nos cobra la entidad gestora por remuneración de sus servicios, esta cantidad se deduce diariamente del valor de la unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de gestión suele oscilar entre el 1 y el 2% de las cantidades aportadas.
  • Comisión de depósito, que es la que cobra la entidad depositaria por el mantenimiento y custodia de los valores. De igual manera que ocurre con la comisión de gestión esta cantidad se deduce diariamente del valor unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de depósito suele oscilar entre el 0,0% y el 0,6% de las cantidades aportadas.
  •  Comisión de traspaso, Está prohibido el cobro de comisiones por traspaso.
En la actualidad, prácticamente, ninguna entidad cobra esta comisión ya que la legislación vigente dispone que el traspaso de un plan de pensiones a otro se haga sin ningún coste para el partícipe.
En un plan de pensiones hay una cantidad mínima que la entidad gestora exige aportar. Dicha cantidad se denomina aportación mínima y aunque no hay fijada una cantidad mínima la finalidad de la aportación mínima es evitar trámites administrativos que repercutirían negativamente en la rentabilidad final del plan. En la mayoría de los planes existen cláusulas por las que el partícipe se compromete a desembolsar de manera periódica a favor del plan.

 Fiscalidad sobre el Rescate

El Plan de Pensiones no es un producto líquido, es decir, no se puede rescatar salvo unos casos muy puntuales, como son la Jubilación, el Fallecimiento del partícipe y los llamados Supuestos Especiales de Líquidez:
  •           Invalidez Absoluta y Pemanente del Partícipe.
  •     Paro prolongado (más de dos años).
  •        Enfermedad grave.


 

Formas de Rescate

Existen tres formas de rescatar los derechos consolidados de los Planes de Pensiones: en forma de capital, en forma de renta y en forma mixta (combinación de las dos anteriores).
  • Rescate en forma de capital: Esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en un sólo pago. Todas las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 tienen una exención fiscal del 40%; las realizadas posteriormente, no tienen ningún tipo de exención. Como el cobro se realiza de una sóla vez, el partícipe ese año asumirá una gran carga fiscal, pudiendo llegar al tramo máximo del 43% para cantidades importantes.
  • Rescate en forma de renta: Esta opción consiste en recuperar todos los derechos consolidados en pagos diferidos mediante la constitución de un seguro de rentas. El impacto fiscal no es tan fuerte como en el caso de rescate en forma de capital, ya que el partícipe sólo tributará ese año por el importe recibido. El resto de los años seguirá tributando al tipo pertinente hasta la finalización de la renta.
  • Rescate en forma mixta: Consiste en combinar las dos anteriores, rescatando una parte en forma de capital y la otra en forma de renta.

 

miércoles, 9 de febrero de 2011

¿Qué son los WARRANTS?
Los warrants son productos financieros derivados, en concreto son opciones negociables en forma de título valor que ofrecen a su propietario el derecho, pero no la obligación, a comprar o vender una cantidad determinada de activo (activo subyacente) a un precio fijo durante un periodo de tiempo hasta una fecha predeterminada (fecha de vencimiento) a cambio del pago de un precio (prima).


Características de los Warrants
1. Es totalmente negociable, es decir, se puede comprar o vender tantas veces como se quiera obteniendo el beneficio o pérdida correspondiente.

2. Un warrant es un producto derivado, lo que significa que el warrant deriva de la existencia previa de otro   activo, denominado activo subyacente.

3. El activo subyacente puede ser cualquier tipo de activo financiero: índice, acción, tipo de interés, divisas, cestas de acciones, obligaciones, materias primas, etc.

4. Un warrant tiene fijado desde su emisión el activo subyacente, el precio de ejercicio y el vencimiento. Al mismo tiempo, se conoce la cantidad de activo subyacente a que da derecho cada warrant, denominado “Ratio”. 

5. Al comprar un warrant se adquiere el derecho, no la obligación, a comprar o vender el activo subyacente.

6. El precio que se paga por el warrant se denomina prima, y es lo que cuesta adquirir el derecho a comprar o vender el activo subyacente.

7. La prima depende de varios parámetros: el precio de ejercicio, el precio del activo subyacente, la volatilidad, el tiempo a vencimiento, el tipo de interés y los dividendos.

8. “Ejercitar” un warrant es hacer efectivo el derecho a comprar o vender el activo
subyacente. Cuando se ejercita un warrant, la liquidación puede hacerse o bien
por entrega física del activo o bien por entrega financiera.


Tipos de warrants

-- Warrants Europeos: aquellos que sólo se pueden ejercitar en la fecha de vencimiento pactada.
-- Warrants Americanos: aquellos que pueden ejercitarse en cualquier momento de la vida del warrant hasta el vencimiento.


Warrant Call
Cuando un inversor decide apostar al alza y compra un warrant Call, adquiere el derecho a comprar una determinada cantidad del activo subyacente a un precio fijo (precio de ejercicio) en cualquier momento desde la fecha de compra hasta la fecha de vencimiento (si el warrant es americano) o sólo en la fecha de vencimiento (si el warrant es europeo).



Warrant Put
En caso contrario, cuando el inversor espera un descenso en el precio del activo subyacente entonces deberá comprar un warrant Put adquiriendo así el derecho a vender una determinada cantidad del activo subyacente a un precio fijo (precio de ejercicio) en cualquier momento desde la fecha de compra hasta la fecha de
vencimiento (si el warrant es americano) o sólo en la fecha de vencimiento (si el warrant es europeo).


Al comprar un warrant, tanto si es Call como si es Put, el inversor conocerá desde el principio cual es la máxima pérdida (la prima pagada) asumida en dicha compra, pudiendo beneficiarse de fuertes movimientos de mercado.

Espero que os guste y os adentreis en el mundo financiero que envuelve la bolsa.
Un saludo


martes, 1 de febrero de 2011

seguros de vida

 para empezar ¿ porque recurrimos a un seguro de vida?¿ que hace que solicitemos este producto?
generalmente las personas utilizan o están interesados en conseguir este producto sencillamente por la razón de que la muerte de una persona se lucre tras su muerte.
dichos seguros se pueden prestar a un individuo tanto como a una colectividad; como casi todo en nuestra sociedad todo se paga, estas compañías en concreto sus seguros, se pueden alargar en el tiempo y en su cobertura dependiendo del riesgo y de los pagos por contratación de estos productos.
la muerte de las personas solo puede tener dos destinos el fallecimiento natural o causas externas o por voluntariedad, estas compañías contemplan ambos aspectos en sus pólizas, dichos requisitos pueden subsanarse a base de pagar cuotas superiores por la cobertura prestada.

en mi opinión esto es un producto que aparentemente tiene una cara pero no olvidemos que esto es un negocio donde el dinero es lo que importa, existirán casos de personas que hayan descubierto el lado oscuro de los seguros de vida, pero eso no lo sabemos aun.