miércoles, 30 de marzo de 2011

LETRAS DEL TESORO

Son valores de renta fija a corto plazo representados exclusivamente mediante anotaciones en cuenta. Se crearon en junio de 1987, cuando se puso en funcionamiento el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
Las Letras se emiten mediante subasta. El importe mínimo de cada petición es de 1.000 euros, y las peticiones por importe superior han de ser múltiplos de 1.000 euros.
Son valores emitidos al descuento por lo que su precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento del reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso de la Letra (1.000 euros) y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro. 
Actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro con los siguientes plazos:
-          Letras del Tesoro a 3 meses
-          Letras del Tesoro a 6 meses
-          Letras del Tesoro a 12 meses
-          Letras del Tesoro a 18 meses
Por tratarse de valores a corto plazo, las variaciones de su precio en el mercado secundario suelen ser bastante reducidas; por tanto, suponen un menor riesgo para el inversor que prevea o pueda necesitar vender estos valores en el mercado antes de su vencimiento.

viernes, 25 de marzo de 2011

BASILEA III

El Banco Internacional de Pagos de Basilea creado en 1930, actúa como banco central de los bancos centrales y tiene su sede en Basilea (Suiza).

El primer acuerdo que pretendía reforzar y regular la estabilidad y solvencia del sector financiero, y establecía el capital mínimo que tenían que tener las entidades financieras en relación con sus activos de riesgo se publicó en 1988, y se denominó acuerdo de Basilea o Basilea I.

Este acuerdo se revisó y reformó en el año 2004, aunque entró en vigor en al año 2007 y pretendía mejorar la gestión del riesgo de las entidades financieras. A esta reforma se la conoce como Basilea II.

¿Qué es Basilea III?

Es un acuerdo consensuado al que se ha llegado entre los bancos centrales y las autoridades de los 27 países miembros del Comité, que pretende reforzar la solvencia y liquidez de las entidades de crédito, con el fin de evitar crisis financieras como la que estamos viviendo en estos últimos años y en caso de que se produjera, sean los propios bancos los que asuman las pérdidas y no los bancos centrales o los ciudadanos con sus impuestos.

Establece para los bancos de todo el mundo un aumento de su ratio de reservas de capital Tier 1, hasta el 4,5 %, además se establece una nueva reserva que se denomina conservación de capital y que es del 2,5 % de su volumen total por encima del Tier 1, con lo que el total del volumen de reservas de activos que los bancos deben de reservar frente a posibles pérdidas se sitúa en el 7%.

El TIER 1  es un indicador que hace referencia a la seguridad bancaria, compara el capital de un banco más los beneficios retenidos con los activos, ajustados por su grado de riesgo. Se utiliza por los reguladores para evaluar el saneamiento de un banco. En definitiva son las reservas disponibles.


¿Cuando se implantará?

Tendrá una implantación progresiva que empezará en enero de 2013, y tendrá que estar en vigor pleno en enero de 2015, aunque la reserva de conservación de capital se implantará entre enero de 2016 y enero de 2019.


¿Cuál es el interés en este acuerdo?

Con esto se intenta dar estabilidad al sistema financiero, y que los bancos e instituciones financieras tengan una mayor y mejor calidad de capital, así como suficientes recursos propios (reservas), para afrontar futuras crisis económicas como la sufrida en el año 2008, sin que sea necesaria la intervención de los Bancos Centrales o los Estados.

Este acuerdo evitará futuras crisis económicas como la que vivimos en estos últimos años, aunque al restringir la capacidad de los bancos, éstos darán menos dividendos, pagarán menos por los depósitos y cobrarán más por el dinero que presten y por sus servicios.



sábado, 19 de marzo de 2011

LOS SWAP


Un swap, o permuta financiera, es un contrato por el cual dos partes se comprometen a intercambiar una serie de cantidades de dinero en fechas futuras. Normalmente los intercambios de dinero futuros están referenciados a tipos de interés, llamándose IRS (Interest Rate Swap) aunque de forma más genérica se puede considerar un swap cualquier intercambio futuro de bienes o servicios (entre ellos el dinero) .


Partes de un swap

Dado que es un compromiso de intercambio de dinero a futuro, un swap tiene dos partes para cada uno de los contratantes: el compromiso de cobro de dinero a futuro y el compromiso de pago de dinero a futuro.


Representación gráfica de un swap
Para una de las partes un swap gráficamente se puede representar como:

Donde se producen para una de las contrapartidas una serie de flujos de cobros y una serie de flujos de pagos desde el momento inicial del contrato (t=0) hasta su vencimiento (t=v). Lógicamente, lo que para una de las partes son derechos de cobros son compromisos de pagos para la otra y viceversa.


Utilidad de un swap

Básicamente podemos hablar de dos utilidades o motivos por los que tendremos interés en entrar en un swap:
a) Cambiar nuestros bienes o recursos futuros: Puede interesarnos para nuestro negocio intercambiar durante un tiempo bienes o recursos que generaremos por otros bienes o recursos necesarios para nuestra actividad o bienestar.
b) Especulación: Al igual que la especulación en otros activos, entraremos en un swap si nuestra visión es que los bienes que recibiremos a futuro van a suponer para nosotros mayor valor que los bienes que entregaremos a futuro.

Cotización de un Swap
Por cotización de un swap entenderemos el acto de calcular y ofrecer un precio para contratar un swap. En los mercados financieros las contrapartidas que se dedican permanentemente a cotizar swaps se llaman creadores de mercado.


En un swap, el concepto de cobertura se le suele aplicar desde dos ámbitos:
  • Pensando en que el swap es un instrumento de cobertura de otros instrumentos financieros.

  • Pensando en como cubrir el riesgo de tipo de interés que nos provoca entrar en un swap. Este riesgo se suele cubrir con otros instrumentos financieros (futuros, depósitos, etc) o con otros swaps.


Otras consideraciones sobre un swap

  • Los swaps están sujetos a riesgo de crédito. El riesgo de crédito existe por la posibilidad de que nuestra contrapartida no pague sus compromisos. En este caso, el riesgo de crédito no es del nominal, sino del NPV del swap en cada momento que queremos medir el mismo. Existen mecanismos, como las garantías en forma de colateral, para mitigar el riesgo de crédito.

  • Los swaps están sujetos al riesgo de liquidez. En determinadas situaciones de mercado podría ser que no hubiera partes dispuestas a entrar en la operación de swap que queremos lo que implica que tenemos un riesgo de liquidez. En este caso podría ser posible no encontrar a nadie para poder realizar la operación de cobertura o especulación que deseamos. Si la liquidez del mercado desaparece entonces los modelos de valoración fallan. Es muy importante tenerlo en cuenta para su cobertura o «hedge» y cotización.


Otros swaps de tipo de interés

  • Asset Swap

Los pagos/cobros de una pata replican los cobros/pagos de un activo mientras que la otra pata se paga a un tipo de interés variable. Sirve para convertir los flujos de un activo que tengamos (por ejemplo un bono que paga un tipo fijo) a otros que nos convienen más.


  • Call Money Swap

Tipo especial de swap muy utilizado en el mercado interbancario. Suelen tener vencimientos desde un mes a un año. Una de las patas es a tipo fijo mientras que la otra esta indexada a un tipo variable diario (normalmente el tipo Eonia). Se suele realizar una sola liquidación a vencimiento.


  • Constant Maturity Swap

Tipo especial de swap en el que una de las patas está referenciado a un tipo variable a corto plazo Euribor (inferior a 12 meses) y la otra está referenciada a un tipo superior a 12 meses (por ejemplo, el tipo swap a 10 años). Se suele cotizar en % del tipo referenciado al índice superior a 12 meses.


  • Swaps de tipo de interés en diferentes divisas

Un caso especial de todos los swaps de tipo de interés es el caso en el que una de las patas está referenciada a una divisa y el otro a otra divisa. Por ejemplo la pata fija podría estar expresada en tipos de interés en dólares y la otra en euros. (No debe confundirse con la operación de swap de divisas) Las fórmulas expresadas para el swap simple fijo vs variable son diferentes en este caso para incorporar este hecho.

Swap de divisas

Un swap de divisas es una operación que incluye una compraventa de divisas a fecha de hoy y una operación de sentido contrario a fecha futura a un precio prefijado hoy. Por ejemplo, compra de dólares contra euros hoy a un precio de 1.40 y venta de euros contra dólares dentro de un mes a un precio de 1.3970.

  • Equity Swap

En un Equity swap una de las patas está referenciada a tipo de interés y la otra referenciada a renta variable (acciones). La referencia a la renta variable puede ser de muchos tipos (variación sobre un índice, sobre un portafolio de acciones, rentabilidad en un periodo, etc)


  • Total Return Swap

En este tipo de swap se intercambia un tipo de interés flotante por todos los flujos de un activo financiero por variados y complejos que sean. Usualmente si el vencimiento de este swap es inferior al del activo financiero suele haber un intercambio, entre las partes, del activo al inicio y vencimiento del contrato de swap a un precio prefijado.

viernes, 11 de marzo de 2011

Oferta Pública de Adquisición.OPA.

Oferta Pública de Adquisición, popularmente es conocida con las siglas de OPA, veamos sus principales características y funcionamiento.

La Oferta Pública de Acciones es una operación de bolsa que consiste en la notificación pública a los accionistas de una sociedad cotizada de la disposición de adquirir sus títulos a un precio superior al de su cotización en bolsa. Se emplea para adquirir o reforzar el dominio sobre una sociedad. Puede ser "amistosa" u "hostil" según haya acuerdos o no entre la sociedad oferente, los administradores y la dirección de la sociedad ofertada.

Por lo tanto, quien pretende adquirir una participación significativa no puede hacerlo sin promover una OPA. Esa participación significativa se concentrará entre el 25% y 50% de capital. Además, se necesita de autorización previa establecida reglamentariamente y existe una libertad de precios, puesto que el precio lo establece el oferente. Se prohíbe la compra a un socio de toda su participación a un precio convenido. En cuanto a la publicidad, la difusión de la OPA se produce mediante el modelo de anuncio supervisado por la CNMV en los plazos y medios reglamentarios. La OPA cesará sus efectos con la presentación de una oferta competidora, por la oposición del Gobierno o por no alcanzar un volumen mínimo de aceptación. 

A través de la OPA, se mejora la situación económica en general, el oferente obtendrá el control de la empresa por la cual habrá pagado algo menos de lo que cree que vale, los accionistas recibirán por sus acciones un precio superior al que les venía dando el mercado, la empresa afectada alcanzará mayor valor en manos de quien puede dirigirla mejor y se mejora la eficiencia social.

Como principales inconvenientes nos encontramos con que las ganancias de los accionistas de la empresa afectada pueden ser consecuencia de una transferencia procedente de la compañía oferente y se perjudican a los empleados o acreedores que ven desaparecer puestos de trabajo o aumentar el nivel de endeudamiento en relación con los activos. Otras desventajas son que los empleados y acreedores pueden exigir condiciones que encarezcan el empleo de los recursos que aportan y los administradores pueden diseñar estructuras defensivas o tomar decisiones de inversión, de desinversión o de endeudamiento que no responden al interés a la sociedad sino a responder a la OPA.

Su regulación se establece en la Ley de Mercado de Valores (Arts. 34 y 60) y Real Decreto 1197/1991, de 26 de julio modificado por RD 437/1994, de 11 de marzo, RD 2590/1998, de 7 de diciembre y RD 1676/1999, de 29 de octubre.

sábado, 5 de marzo de 2011

LA CRISIS DE LA DEUDA PUBLICA

La deuda pública  es el conjunto de títulos de renta fija que emite el Estado hacia el sector privado o público de carácter internacional, correspondientes con la deuda que tiene contraída con los inversores que han suscrito dichos valores, que cuenta con la garantía del Estado. En estos momentos de crisis económica mundial se trata mucho este tema de la deuda pública Lo que pretende el país es conseguir liquidez en un instante concreto, siendo devuelto el dinero en el futuro y con unos intereses. En resumen la deuda pública se entiende como el conjunto de deudas de un Estado frente a particulares o países. Es como un préstamo bancario con clientes, siendo el Estado el que lo pide.
           
Como resultado de la emisión de Letras del Tesoro, Bonos del Estado u Obligaciones del Estado se da la deuda pública. Ahora bien, el problema viene cuando este sistema se utiliza de manera incorrecta o se abusa de él, haciendo que no haya un buen funcionamiento y los Estados tengan que endeudarse cada vez más. Es así como se provoca la Crisis de la deuda pública. Esta situación mundial se ha dado por los endeudamientos de los países; el estado por su condición tiende a crecer y para hacerlo necesita ingresos y materias primas que le permitan expandirse. Estos ingresos los consigue mediante impuestos pero también tiene costes, el capital del que dispone es el límite que le permite o no expandirse.

El Estado al emitir deuda pública aumenta su capital y se expande, aunque también aumentan los gastos. Puede darse la situación en que el Estado no mejora, no obtiene ingresos desde dentro, no mejora la situación de mercado y no se obtienen beneficios el Estado no es capaz de devolver el dinero que “pidió prestado” .Si algún país se encuentra con esto tendrá una crisis económica.

Formas del Estado para conseguir liquidez

1. Letras del Tesoro

A)    Emitidas al descuento: el precio inicial por el que se compra es menor a lo que recibe el comprador al final de la operación que será de 1000€. La diferencia entre los dos será el interés obtenido.

B)    A plazo no superior a dieciocho meses, el Tesoro emite Letras del Tesoro con tres plazos distintos:

·        Letras del Tesoro a tres meses.
·        Letras del Tesoro a seis meses
·        Letras del Tesoro a un año.
·        Letras del Tesoro a dieciocho meses.

C)    Emitidas para regular la intervención en los mercados monetarios, sin perjudicar a los fondos obtenidos por su emisión se apliquen a cualquiera de los destinos previstos en la Ley General Presupuestaria.

2. Bonos y obligaciones del Estado

La Deuda Pública es un bono del Estado o una obligación del Estado dependiendo de su plazo de vida (entre dos y cinco años o superior). Características:
A)    Interés periódico (cupón)

B)    Valor nominal = 1.000 euros. Es el mínimo que puede solicitarse en una subasta, siendo las peticiones por importes múltiplos de 1.000 €.

C)    Las emisiones de estos valores se dan por tramos: un bono se subasta mensualmente, hasta que la emisión alcanza un volumen en circulación elevado asegurando que los valores sean muy líquidos.

D)    El cupón que devenga se paga anualmente y representa el interés «nominal» del bono o la obligación.

E)    El valor de amortización será la par, salvo que por Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera se disponga un valor distinto o se trate de amortización anticipada por recompra o canje.

3. Bonos y obligaciones segregables. Los strips de Deuda Pública

Los bonos y obligaciones del Estado emitidos desde julio de 1997 (segregables) presentan características diferentes frente a los bonos y obligaciones del Estado emitidos anteriormente a esa fecha:

Posibilidad de segregación: la de separar cada bono en “n” valores (strips), uno por cada pago que la posesión del bono dé derecho a recibir. Así, de un bono a 5 años podrían darse 6 strips: uno por cada pago de cupón anual, y un sexto por el principal, al cabo de los 5 años. Cada uno de estos strips puede ser posteriormente negociado de forma diferenciada del resto de strips procedentes del bono. La operación de segregación transforma un activo de rendimiento explícito (bono u obligación) en una serie de valores de rendimiento implícito –bonos cupón cero–, cuya fecha de vencimiento y valor de reembolso coinciden con los de los cupones y principal del activo originario. Los bonos cupón cero tienen unas características financieras peculiares que los hacen especialmente atractivos para determinados inversores. Los strips son una forma de cubrir esa demanda sin necesidad de aumentar la gama de valores emitidos por el Tesoro. Además, se permite realizar la operación inversa a la descrita, es decir, la reconstitución del activo originario a partir de los bonos cupón cero procedentes de su segregación. Su tratamiento fiscal más favorable para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades: el cupón de los bonos y obligaciones del Estado segregables no está sujeto a retención, y tampoco sufren retención los rendimientos implícitos generados por los bonos cupón cero (strips) procedentes de su segregación. Todo el resto de características de los bonos y obligaciones segregables (plazos de emisión, frecuencia de cupón, método de emisión…) son idénticas a las de los bonos y obligaciones «no segregables».

El Tesoro comenzó a emitir valores segregables en julio de 1997. La segregación propiamente dicha y la negociación de los strips resultantes se inició en enero de 1998.

Para financiar sus actividades, el sector público puede utilizar tres medios:

  • Creación de dinero, mediante un proceso de expansión monetaria 
  • Emisión de deuda pública


Además, el Estado puede utilizar la deuda como instrumento de política económica y en este caso debe utilizar la política de deuda que considera en cada momento más apropiada a los fines que persigue. Si hay inflación el Estado vende deuda pública intercambiando dinero por los títulos, así reduce la cantidad de dinero en circulación. Si hay deflación (se necesita dinero) el estado compra los títulos de deuda pública para así aumentar el dinero en circulación.