sábado, 5 de marzo de 2011

LA CRISIS DE LA DEUDA PUBLICA

La deuda pública  es el conjunto de títulos de renta fija que emite el Estado hacia el sector privado o público de carácter internacional, correspondientes con la deuda que tiene contraída con los inversores que han suscrito dichos valores, que cuenta con la garantía del Estado. En estos momentos de crisis económica mundial se trata mucho este tema de la deuda pública Lo que pretende el país es conseguir liquidez en un instante concreto, siendo devuelto el dinero en el futuro y con unos intereses. En resumen la deuda pública se entiende como el conjunto de deudas de un Estado frente a particulares o países. Es como un préstamo bancario con clientes, siendo el Estado el que lo pide.
           
Como resultado de la emisión de Letras del Tesoro, Bonos del Estado u Obligaciones del Estado se da la deuda pública. Ahora bien, el problema viene cuando este sistema se utiliza de manera incorrecta o se abusa de él, haciendo que no haya un buen funcionamiento y los Estados tengan que endeudarse cada vez más. Es así como se provoca la Crisis de la deuda pública. Esta situación mundial se ha dado por los endeudamientos de los países; el estado por su condición tiende a crecer y para hacerlo necesita ingresos y materias primas que le permitan expandirse. Estos ingresos los consigue mediante impuestos pero también tiene costes, el capital del que dispone es el límite que le permite o no expandirse.

El Estado al emitir deuda pública aumenta su capital y se expande, aunque también aumentan los gastos. Puede darse la situación en que el Estado no mejora, no obtiene ingresos desde dentro, no mejora la situación de mercado y no se obtienen beneficios el Estado no es capaz de devolver el dinero que “pidió prestado” .Si algún país se encuentra con esto tendrá una crisis económica.

Formas del Estado para conseguir liquidez

1. Letras del Tesoro

A)    Emitidas al descuento: el precio inicial por el que se compra es menor a lo que recibe el comprador al final de la operación que será de 1000€. La diferencia entre los dos será el interés obtenido.

B)    A plazo no superior a dieciocho meses, el Tesoro emite Letras del Tesoro con tres plazos distintos:

·        Letras del Tesoro a tres meses.
·        Letras del Tesoro a seis meses
·        Letras del Tesoro a un año.
·        Letras del Tesoro a dieciocho meses.

C)    Emitidas para regular la intervención en los mercados monetarios, sin perjudicar a los fondos obtenidos por su emisión se apliquen a cualquiera de los destinos previstos en la Ley General Presupuestaria.

2. Bonos y obligaciones del Estado

La Deuda Pública es un bono del Estado o una obligación del Estado dependiendo de su plazo de vida (entre dos y cinco años o superior). Características:
A)    Interés periódico (cupón)

B)    Valor nominal = 1.000 euros. Es el mínimo que puede solicitarse en una subasta, siendo las peticiones por importes múltiplos de 1.000 €.

C)    Las emisiones de estos valores se dan por tramos: un bono se subasta mensualmente, hasta que la emisión alcanza un volumen en circulación elevado asegurando que los valores sean muy líquidos.

D)    El cupón que devenga se paga anualmente y representa el interés «nominal» del bono o la obligación.

E)    El valor de amortización será la par, salvo que por Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera se disponga un valor distinto o se trate de amortización anticipada por recompra o canje.

3. Bonos y obligaciones segregables. Los strips de Deuda Pública

Los bonos y obligaciones del Estado emitidos desde julio de 1997 (segregables) presentan características diferentes frente a los bonos y obligaciones del Estado emitidos anteriormente a esa fecha:

Posibilidad de segregación: la de separar cada bono en “n” valores (strips), uno por cada pago que la posesión del bono dé derecho a recibir. Así, de un bono a 5 años podrían darse 6 strips: uno por cada pago de cupón anual, y un sexto por el principal, al cabo de los 5 años. Cada uno de estos strips puede ser posteriormente negociado de forma diferenciada del resto de strips procedentes del bono. La operación de segregación transforma un activo de rendimiento explícito (bono u obligación) en una serie de valores de rendimiento implícito –bonos cupón cero–, cuya fecha de vencimiento y valor de reembolso coinciden con los de los cupones y principal del activo originario. Los bonos cupón cero tienen unas características financieras peculiares que los hacen especialmente atractivos para determinados inversores. Los strips son una forma de cubrir esa demanda sin necesidad de aumentar la gama de valores emitidos por el Tesoro. Además, se permite realizar la operación inversa a la descrita, es decir, la reconstitución del activo originario a partir de los bonos cupón cero procedentes de su segregación. Su tratamiento fiscal más favorable para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades: el cupón de los bonos y obligaciones del Estado segregables no está sujeto a retención, y tampoco sufren retención los rendimientos implícitos generados por los bonos cupón cero (strips) procedentes de su segregación. Todo el resto de características de los bonos y obligaciones segregables (plazos de emisión, frecuencia de cupón, método de emisión…) son idénticas a las de los bonos y obligaciones «no segregables».

El Tesoro comenzó a emitir valores segregables en julio de 1997. La segregación propiamente dicha y la negociación de los strips resultantes se inició en enero de 1998.

Para financiar sus actividades, el sector público puede utilizar tres medios:

  • Creación de dinero, mediante un proceso de expansión monetaria 
  • Emisión de deuda pública


Además, el Estado puede utilizar la deuda como instrumento de política económica y en este caso debe utilizar la política de deuda que considera en cada momento más apropiada a los fines que persigue. Si hay inflación el Estado vende deuda pública intercambiando dinero por los títulos, así reduce la cantidad de dinero en circulación. Si hay deflación (se necesita dinero) el estado compra los títulos de deuda pública para así aumentar el dinero en circulación.

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